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Qué pasa si no pagas un préstamo personal

MundoOfertas · 14 min de lectura

Qué pasa si no pagas un préstamo personal

Llegas a fin de mes y el recibo del préstamo está ahí, esperando. No tienes con qué cubrirlo. La pregunta que aparece en la cabeza es siempre la misma: ¿qué va a pasar ahora?

La respuesta corta es que no pasa todo de golpe. Las consecuencias son graduales, van escalando y, sobre todo, dependen de cuánto tiempo pase sin que regularices la situación. Lo que conviene evitar a toda costa es ignorarlo, porque el silencio es lo que transforma un problema manejable en uno serio.

Esta guía te explica exactamente qué ocurre en cada fase del impago, cuándo empieza a complicarse de verdad, qué pueden (y qué no pueden) quitarte, y qué opciones tienes para salir del agujero antes de que llegue lo peor.

El primer mes sin pagar: la realidad, sin drama

Cuando no pagas la cuota de un préstamo personal, el banco registra lo que se llama una "posición vencida". Eso es todo, de momento.

Lo que ocurre en los primeros días es básicamente administrativo: el sistema intenta cobrar el recibo y, al no haber saldo suficiente en cuenta, lo devuelve. A partir de ahí, el banco genera una deuda vencida y empieza el reloj.

Durante el primer mes suelen llegar avisos automáticos: un SMS, un email, quizás una llamada del servicio de atención al cliente. Ninguno de estos contactos tiene peso legal. Son recordatorios, no requerimientos formales.

Eso sí, desde el primer día empiezan a correr los intereses de demora. La jurisprudencia del Tribunal Supremo, consolidada a partir de la sentencia de 25 de noviembre de 2015, limita los intereses moratorios en préstamos personales a no más de dos veces el interés remuneratorio del contrato. Si tu préstamo tiene un TIN del 8%, los intereses de demora no pueden superar el 16% anual sobre la cantidad impagada.

Algunos bancos, como BBVA o Santander, aplican además una comisión por reclamación de posiciones deudoras. Suele oscilar entre 20 y 30 euros, es una cuantía fija que figura en el contrato y que el Banco de España permite siempre que responda a un gasto real para la entidad.

La situación empieza a cambiar a partir del segundo y tercer mes sin pagar. El banco pasa de los avisos automáticos a la gestión activa del impago, y ahí sí empiezan a moverse fichas.

Cuándo te incluyen en ASNEF y otros ficheros de morosos

Aparecer en ASNEF (Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito) o en RAI (Registro de Aceptaciones Impagadas) cierra puertas: créditos, alquileres, incluso algunas contrataciones de servicios. Es la consecuencia que más preocupa a la gente, y con razón.

Los bancos pueden incluirte técnicamente desde el primer impago, pero lo habitual en la práctica es que esperen entre 30 y 90 días. Antes de hacerlo, están obligados a notificártelo según el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Esa notificación previa te da un margen para regularizar la deuda y evitar la inclusión.

Bancos como CaixaBank o Bankinter suelen ser más rápidos en la notificación y el registro que algunas entidades fintech o prestamistas alternativos, que a veces esperan más tiempo antes de activar este proceso.

Una vez dentro de ASNEF, la permanencia máxima legal es de 5 años desde la fecha del impago, salvo que la deuda prescriba antes o la canceles. Y aquí hay un punto importante que mucha gente no sabe: pagar la deuda no te elimina de ASNEF de forma inmediata. El acreedor tiene hasta 10 días hábiles para comunicar la cancelación al fichero, pero en la práctica puede demorarse más.

Para salir antes del plazo máximo, la única vía real es pagar (o llegar a un acuerdo de pago) y luego verificar que el acreedor ha comunicado la baja. Si no lo hace en un plazo razonable, puedes reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que tiene potestad sancionadora sobre este incumplimiento.

Tienes más información sobre qué hacer una vez que estás en ASNEF y cómo acceder a financiación en esa situación en nuestra guía de préstamos con ASNEF.

El proceso de reclamación: de las cartas al juzgado

Pasado el primer mes sin pagar, el banco empieza a escalar el proceso. No de golpe, sino en tres fases bien diferenciadas. Entenderlas te ayuda a saber en qué punto estás y cuánto tiempo tienes para reaccionar.

Primera fase: reclamación extrajudicial

El banco, o la empresa de recobro a la que haya cedido la gestión del impago, te enviará requerimientos formales. El más habitual es el burofax con acuse de recibo y certificación de contenido. Este documento sí tiene peso legal: acredita que fuiste notificado de la deuda y del importe reclamado.

Recibir un burofax no significa que te vayan a demandar mañana. Significa que el banco está documentando el impago para poder actuar judicialmente si fuera necesario. Muchos procesos se resuelven en esta fase mediante acuerdos de pago, especialmente si el cliente se muestra proactivo. Si ya estás en esta situación, la guía sobre cómo negociar una deuda con el banco te explica cómo abordar esa conversación.

Segunda fase: el procedimiento monitorio

Si la reclamación extrajudicial no da resultado, el banco puede acudir al juicio monitorio, regulado en los artículos 812 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC). Es un proceso diseñado específicamente para deudas dinerarias documentadas: rápido, relativamente barato para el acreedor y muy efectivo.

El juzgado te notifica la reclamación y te da 20 días hábiles para hacer una de estas tres cosas: pagar, oponerte alegando que la deuda no existe o que el importe es incorrecto, o no hacer nada. Si no actúas dentro de ese plazo, el monitorio se convierte automáticamente en título ejecutivo y el banco puede solicitar el embargo.

La oposición tiene sentido si hay cláusulas abusivas en el contrato, si los intereses están mal calculados o si la deuda está ya prescrita. En esos casos, conviene consultar con un abogado antes de que venzan los 20 días.

Tercera fase: ejecución y embargo

Con el título ejecutivo en mano, el banco puede pedir al juzgado que embargue tus bienes. La LEC establece un orden de preferencia: primero dinero en efectivo y cuentas bancarias, luego créditos y derechos reconocibles, después bienes muebles, y por último bienes inmuebles.

En la práctica, para deudas de préstamos personales, lo más habitual es el embargo de nómina o de cuenta bancaria. El de inmuebles es mucho menos frecuente porque los costes procesales rara vez compensan al acreedor para deudas pequeñas o medianas.

Qué pueden embargarte (y qué no)

El artículo 607 de la LEC establece que el salario mínimo interprofesional es inembargable. En 2026, el SMI se sitúa en 1.134 euros mensuales brutos (en 14 pagas), aunque si hay cargas familiares acreditadas, el juez puede elevar ese mínimo exento según su criterio.

A partir del SMI, los porcentajes de embargo sobre el exceso son:

  • De 1 a 2 veces el SMI: 30% embargable
  • De 2 a 3 veces el SMI: 50% embargable
  • De 3 a 4 veces el SMI: 60% embargable
  • De 4 a 5 veces el SMI: 70% embargable
  • Por encima de 5 veces el SMI: 90% embargable

Para hacerlo concreto: si cobras 1.800 euros netos al mes y el SMI neto equivale a unos 1.000 euros, el banco solo podría embargar el 30% de los 800 euros restantes, es decir, 240 euros al mes como máximo. No más, aunque la deuda sea de 20.000 euros.

La vivienda habitual, por su parte, puede embargarse pero es el último recurso y tiene requisitos procesales más exigentes. Para una deuda de préstamo personal de 5.000 o 10.000 euros, un acreedor rara vez llega hasta ahí porque los costes judiciales no compensan.

Si ya estás en la fase de embargo de nómina y quieres entender exactamente qué tramos te protegen y qué salidas legales tienes, nuestra guía sobre embargo de nómina lo explica con ejemplos numéricos actualizados.

Qué pasa si hay un avalista o fiador en el préstamo

Este es un punto que se ignora con frecuencia y que puede generar situaciones muy incómodas. Si en el momento de firmar el préstamo pediste a alguien (un familiar, un amigo) que te avalara, esa persona responde de la deuda de forma solidaria o subsidiaria según lo que establezca el contrato.

En la modalidad solidaria (la más habitual en préstamos personales), el banco puede reclamar al avalista directamente, sin necesidad de agotar antes la vía de cobro contra el deudor principal. Dicho de forma más clara: si no pagas, el banco puede ir a por tu avalista al mismo tiempo que va a por ti, o incluso antes si considera que tiene más solvencia.

El avalista que acaba pagando la deuda de otro adquiere el derecho de reclamársela al deudor principal (lo que en derecho se llama acción de repetición o de regreso), pero eso no cambia el daño inmediato: el impago de tu préstamo puede afectar directamente al historial crediticio de la persona que avaló.

Si hay un avalista implicado, es todavía más urgente buscar una solución antes de que el proceso avance. La reunificación de deudas o una renegociación directa con el banco pueden sacar al avalista de la ecuación si se alcanza un acuerdo.

Cuánto tiempo tiene el banco para reclamarte: la prescripción

Las deudas derivadas de préstamos personales prescriben a los 5 años en España, según el artículo 1964 del Código Civil, modificado por la Ley 42/2015 (BOE-A-2015-10086), que redujo el plazo histórico de 15 a 5 años a partir de octubre de 2015.

El plazo empieza a contar desde el último vencimiento impagado. Pero hay una trampa enorme que conviene conocer: cualquier reclamación del acreedor que quede documentada (una carta, un burofax, incluso una llamada si hay constancia de ella) interrumpe la prescripción y el contador vuelve a cero desde ese momento.

Por eso las empresas de recobro son tan persistentes. Cada contacto reinicia el plazo. En la práctica, que una deuda prescriba de verdad es casi imposible si el acreedor es mínimamente activo en sus reclamaciones.

La prescripción tampoco cancela la deuda de forma automática: tienes que alegarla expresamente si te reclaman judicialmente. Y no te saca de ASNEF (eso depende del plazo máximo de permanencia en el fichero, que son 5 años desde el impago, independientemente de si la deuda ha prescrito o no).

Dicho esto, si recibes una reclamación de una empresa de recobro por una deuda muy antigua y tienes dudas sobre si podría estar prescrita, antes de pagar cualquier cosa consulta con un abogado. Un pago parcial podría reiniciar el plazo y convertir en exigible lo que habría podido quedar extinguido.

Qué pasa si venden tu deuda a una empresa de recobro

Es habitual. Los bancos venden carteras de deuda morosa a fondos de inversión o empresas especializadas. Empresas como Intrum, Lindorff o Hoist Finance son nombres habituales en el mercado español de recobro.

Cuando esto ocurre, el nuevo acreedor tiene los mismos derechos que el banco original para reclamarte la deuda, incluida la vía judicial. La diferencia es que estas empresas suelen haber comprado la deuda a un precio muy inferior al nominal, a veces un 10-20% del valor total. Eso les da margen para negociar sin perder dinero.

En la práctica, esto significa que si tu deuda ha llegado a manos de una empresa de recobro, probablemente tengas más margen para negociar una quita o un acuerdo de pago a precio reducido que con el banco original. No es una garantía, pero sí es una palanca real que conviene aprovechar antes de llegar a la fase judicial.

Un apunte: cualquier acuerdo de pago con el nuevo acreedor no te elimina automáticamente de ASNEF. El nuevo titular de la deuda también debe comunicar la cancelación al fichero, así que exige por escrito que lo haga como parte del acuerdo.

Qué opciones tienes antes de que llegue lo peor

La clave es no esperar. Cuanto antes actúes, más opciones tienes encima de la mesa.

Pedir una carencia o aplazamiento

Muchos bancos ofrecen la posibilidad de acordar una carencia temporal de capital (sigues pagando intereses pero no amortizas el principal) o un aplazamiento de una o varias cuotas. CaixaBank, ING o Bankinter, entre otros, tienen procedimientos internos para estos casos.

Lo importante es pedirlo antes de que el impago se produzca. Un banco es mucho más receptivo con un cliente que anticipa el problema que con uno que ya lleva dos meses sin pagar y solo llama cuando recibe un burofax.

Refinanciación o ampliación de plazo

Si el problema es que la cuota mensual es demasiado alta, puedes pedir al banco que amplíe el plazo de devolución. La cuota baja, aunque el coste total del préstamo sube porque pagas más intereses. Si te permite evitar el impago, puede ser la opción más sensata a corto plazo.

Reunificación de deudas

Si tienes varios créditos activos (tarjetas, préstamos, hipoteca), la reunificación los agrupa en uno solo con una cuota mensual menor. Si tienes vivienda en propiedad, puede hacerse ampliando la hipoteca. Si no, existen opciones de reunificación sin garantía hipotecaria, aunque las condiciones son más restrictivas.

Puedes ver cómo funciona en detalle en las guías sobre reunificación sin hipoteca y sobre reunificar deudas con hipoteca.

Ley de Segunda Oportunidad

Si tu situación es de insolvencia real, la Ley de Segunda Oportunidad, reformada por la Ley 16/2022 que actualizó el texto refundido de la Ley Concursal, permite cancelar deudas privadas de forma definitiva a través de un proceso judicial. Aplica a personas físicas que cumplan requisitos de insolvencia y buena fe, y puede cancelar la totalidad de las deudas con entidades financieras, incluidos préstamos personales y tarjetas.

Los requisitos concretos y el proceso completo los tienes en la guía sobre la Ley de Segunda Oportunidad. Y si no sabes por dónde empezar, el simulador de deudas te ayuda a ver qué opciones aplican a tu caso concreto sin ningún compromiso.

Buscar financiación alternativa para cubrir el impago

Si el problema es puntual (un mes de dificultad temporal), a veces tiene sentido buscar un préstamo rápido para cubrir el impago y evitar que el proceso escale. No es la solución ideal porque añade deuda, pero puede ser útil si tienes certeza de que la situación mejora pronto y el coste del préstamo nuevo es menor que las consecuencias de dejar impagar el original.

En nuestro comparador de créditos puedes revisar las opciones disponibles según tu situación actual.

El impacto en tu historial crediticio más allá de ASNEF

En España no existe un credit score centralizado como en Estados Unidos, pero los bancos sí comparten información a través de la Central de Información de Riesgos del Banco de España (CIRBE). La CIRBE registra todos los préstamos, créditos e hipotecas vigentes por encima de 1.000 euros. No registra impagos directamente, pero cuando un banco consulta tu CIRBE antes de concederte un nuevo crédito, ve el total de deuda que tienes con el sistema financiero y puede identificar operaciones clasificadas como dudosas o morosas.

Según datos del Banco de España de 2025, la tasa de morosidad de los préstamos al consumo en España se situó en torno al 3,8%. Eso da contexto a la dimensión real del problema: no eres el único, y los bancos tienen protocolos establecidos para gestionarlo.

El impacto a largo plazo depende de cómo resuelvas la situación. Un impago puntual que se regulariza antes de llegar a la fase judicial deja una huella mucho menor que uno que acaba en embargo. Y un acuerdo de quita o una resolución por Ley de Segunda Oportunidad, aunque queda registrado, permite empezar desde cero con el historial limpio una vez completado el proceso.

Preguntas frecuentes

¿Cuántos días de impago se necesitan para aparecer en ASNEF?

No hay un plazo legal mínimo obligatorio, pero la práctica habitual en España es entre 30 y 90 días desde el primer impago. Antes de incluirte, el acreedor debe notificártelo por escrito según la LOPDGDD (Ley Orgánica 3/2018). Esa notificación previa te da margen para regularizar la deuda y evitar la inscripción en el fichero de morosos.

¿Pueden embargarme la nómina por no pagar un préstamo personal?

Sí, pero solo a través de un proceso judicial previo. Y siempre con límites: el SMI es inembargable, y el resto se embarga por tramos porcentuales según el artículo 607 de la LEC. Con un sueldo de 1.800 euros netos, el máximo embargable ronda los 240 euros al mes. El embargo de nómina no puede dejar al trabajador por debajo del SMI, sin importar cuánto deba.

¿Cuánto tiempo tiene el banco para reclamarme una deuda de préstamo personal?

Los préstamos personales prescriben a los 5 años desde el último vencimiento impagado, según el artículo 1964 del Código Civil modificado por la Ley 42/2015. Sin embargo, cualquier reclamación documentada del acreedor interrumpe ese plazo y lo reinicia desde cero. En la práctica, que una deuda prescriba requiere que el acreedor sea completamente inactivo durante 5 años seguidos, lo que raramente ocurre.

¿Qué pasa si ignoro todas las llamadas y cartas del banco?

La deuda no desaparece por ignorarla. El banco puede acudir al juzgado para obtener un título ejecutivo a través del juicio monitorio sin que tú participes activamente: si no te opones en los 20 días hábiles tras la notificación judicial, el juez autoriza el embargo directamente. Ignorar las comunicaciones cierra la posibilidad de negociar antes de llegar a esa fase.

¿La Ley de Segunda Oportunidad cancela los préstamos personales?

Sí. La Ley 16/2022 (reforma de la Ley Concursal) permite cancelar deudas con entidades privadas, incluidos préstamos personales, tarjetas y créditos al consumo, siempre que se acrediten los requisitos de insolvencia y buena fe. Las deudas públicas con Hacienda o la Seguridad Social tienen un tratamiento diferente y solo se cancelan parcialmente en algunos supuestos.

¿Puede el banco reclamarme a mi avalista si no pago?

Depende del tipo de aval. Si el aval es solidario (lo más habitual en préstamos personales), el banco puede reclamar al avalista directamente y al mismo tiempo que al deudor principal, sin necesidad de agotar antes la vía de cobro contra ti. El avalista que pague podrá después reclamarte a ti lo que pagó, pero el daño inmediato ya está hecho.

El tiempo es tu mayor aliado (o tu peor enemigo)

Sinceramente, la mayor diferencia entre quien sale bien de un impago y quien acaba con un embargo no es la cantidad de dinero que debe: es cuánto tiempo deja pasar antes de actuar.

En la fase de avisos y burofax todavía hay margen para negociar carencias, aplazamientos o quitas. Una vez que el banco tiene un título ejecutivo, las opciones se reducen drásticamente y el coste emocional y económico se dispara.

Si estás en una situación complicada con varios préstamos o deudas acumuladas, lo más inteligente es hacer un diagnóstico completo antes de tomar decisiones. El simulador de deudas de MundoOfertas te ayuda a entender qué opciones aplican a tu caso concreto: reunificación, Ley de Segunda Oportunidad o renegociación directa. Sin compromiso y sin esperar a que el problema se haga más grande.